El Certamen de Teatro Abierto de Hortaleza fue creado con el propósito de promover e incentivar la creación escénica y dramática entre los grupos no profesionales, ofreciendo a toda la ciudadanía la posibilidad de acercarse al teatro en su sentido más amplio. Es por eso que el objeto de su XI Edición es seleccionar, entre los textos de teatro presentados, aquellos que tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica se consideren mejores, con el fin de contribuir a la difusión de la cultura teatral.
El plazo de presentación finaliza el 8 de septiembre.
Las bases se pueden consultar también en el boletín oficial del Ayuntamiento de Madrid a través del siguiente enlace
Hola buenos días quería preguntaros una cosa¿hay que entregarlo en persona o os lo podemos mandar toda la documentación por email?
Según se indica en las bases, la documentación debe presentarse en el registro de Junta Municipal de Distrito de Hortaleza; o bien a través de otras entidades registrales, dirigidas a dicha Junta Municipal. Aquí os enumeramos todas las posibilidades (podéis presentarlo a través de alguna oficina de correos)
Lugar de Presentación: Junta Municipal de Distrito de Hortaleza, sita en la Carretera Canillas, nº 2, 28043 Madrid, teléfono 915887607, de lunes a viernes, en horario de 09:00 a 14:00 horas. Asimismo, podrán presentarse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
Dicha ley contempla:
… 4. Las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de las Administraciones públicas podrán presentarse:
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
Ir a Norma modificadora Letra b) del número 4 del artículo 38 redactada por el número uno del artículo 27 del R.D.-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa («B.O.E.» 7 julio).Vigencia: 7 julio 2011
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Hola. Este año no hay dotación económica para los grupos que no obtengan primer, segundo o tercer premio, ¿no? Además, ¿tampoco se sabe el número de grupos que serán seleccionados para participar en el certamen?